La ley en el ciberespacio
La red no tiene fronteras y se extiende a lo largo y ancho de todo el globo. Pero ¿significa eso que es un mundo sin ley?. Y, en caso contrario, ¿qué leyes deben aplicarse?. Preguntas de difícil respuesta pero que nos afectan, en mayor o menor medida, a todos los internautas.
El asunto proviene de qué leyes deben aplicarse, por quién y cómo. El asunto más reciente que ha levantado una importante polémica ha sido el enjuiciamiento de un programador ruso, por difundir un programa que permitía "saltar" la protección de otro programa, creado en Estados Unidos, por Adobe Systems. Básicamente el programa permitía tomar archivos de tipo eBook Reader que habían sido protegidos de difusión, y copiarlos, imprimirlos, e incluso transferirlos a otros ordenadores distintos de los inicialmente contratados.
Según las leyes de EEUU, el programador violaba la denominada Acta Digital sobre protección de derechos. Ya que permitía evitar un sistema de protección de datos. Pero según las leyes rusas, el delito simplemente no existe. La ley rusa no contempla que la actividad de la empresa Elcomsoft, al vender el susodicho programa, incumpla ninguna ley local. Claro que, al estar disponible el programa en la red, los compradores pueden ser de cualquier parte del mundo y estar sujetos a otras normas. Sobre las cuales, el vendedor no tiene ni conocimiento ni fuerza para impedirles su compra.
La cuestión de la jurisdicción tampoco ayudó a resolver el conflicto. Si los servidores no están en Estados Unidos, no son aplicables sus leyes sobre su contenido. El asunto se complicó cuando la empresa americana tendió una trampa al programador ruso, Dimitry Sklyarov, atrayéndole a EEUU de forma encubierta, bajo la atractiva solicitud de dar un bien remunerada conferencia sobre la protección de datos. Una vez en suelo americano, las leyes de la DMCA se aplicaron con dureza sobre el incauto programador que fue encarcelado. Y al cual solicitan daños por valor de más de 2 millones de dólares.
¿Es apropiado aplicar leyes nacionales a un extranjero, por actividades cometidas fuera del suelo nacional? Desde luego, en este caso además, se ha obrado con cierta mala fe, al buscar con engaños la forma de evitar una confrontación entre diferentes leyes nacionales y aplicar la propia norma.
La defensa alega que el programa simplemente permite crear al legítimo propietario de un eBook sus propias copias de seguridad de forma amplia y para uso personal. Claro que algo parecido es el razonamiento acerca de la copia de CDs musicales para uso privado. Además, razona que la aplicación de la DMCA no puede aplicarse de forma extraterritorial.
¿Es culpable el programador por crear un programa que evita una protección ?, ¿o se trata de salvar la cara a un método de protección de derechos digitales que no cumple una de sus funciones principales, que es la de evitar su duplicación?. Más bien parece que el programador es la víctima de una dura confrontación entre las grandes firmas explotadoras de derechos sobre películas y libros, por una parte, y, por otra, científicos y defensores de libertades civiles que argumentan que el mundo digital no puede tener normas más estrictas que las del mundo real.
Uno de los principio básicos, casi fundacionales, de Internet es que la información debe fluir libremente. Y las trabas no ayudan a ello precisamente. Pero sobre este principio se mezclan fuertes intereses comerciales y la falta de una normativa unificada y aceptada sobre cómo tratar estas situaciones.
GLOSARIO
COPYRIGHT, derechos de autor o de patente.
DMCA, Digital Millenium Copyright Act. Acta del milenio sobre derechos digitales de autor. Normativa estadounidense relativa a la protección de contenidos digitales o transmitidos por medios digitales.
Tomado de ©Buongiorno 2001 Surf Internet, autor Juan Rubio